Puede parecer un desliz grave afirmar lo que escribo en el título de este texto, pero es verdad, un partido de futbol no se compone únicamente de los 90 minutos de juego, sino que está dividido en antes, durante y después del mismo.
Antes, el equipo arbitral debe cumplir con una serie de procedimientos administrativos y reglamentarios. Durante, significa todo lo que suceda dentro del campo, desde el minuto 1 hasta el 90, incluyendo el medio tiempo. Y después, evidentemente, se refiere a los sucesos que transcurren desde el silbatazo final, hasta que el equipo arbitral se retira de manera segura del estadio, con una escala muy importante: la redacción y entrega del informe arbitral, o cédula, como se le conoce coloquialmente.
Los momentos antes y después de un juego son igual de importantes que el partido mismo. Un gran arbitraje se puede ir a la basura por una mala redacción del informe, o por permitir anomalías en los uniformes de alguno de los equipos. Esta semana en el futbol mexicano se presentó un caso más de un informe arbitral terriblemente mal redactado, que ha puesto en ridículo a los árbitros del partido, especialmente a José Luis Camargo, que una vez más es protagonista de un escándalo.
La Comisión Disciplinaria informó la tarde del lunes del castigo que mereció Daniel Guerrero, capitán del Atlante, por los hechos suscitados al final del partido entre su equipo y los Estudiantes, en la cancha del 3 de marzo. Según el informe entregado por Roberto García Orozco, responsable del equipo arbitral, sucedió lo siguiente: “Al finalizar el partido, el jugador Guerrero José No 17 del equipo Atlante, se acerca hacia el equipo arbitral para retirar a sus compañeros, gira y con el brazo derecho, golpea con el codo en el pecho con el uso de fuerza excesiva a mi árbitro asistente No 1 Camargo José”. A simple vista se lee que Guerrero agredió a Camargo. El reglamento es claro, así que la pena debería haber sido de un año de suspensión, pero únicamente fue de cuatro partidos. La Disciplinaria lo publica con la aclaración de que se apegó a los artículos 27 y 5 del Reglamento de Sanciones, que transcribo:
Artículo 27.- Incurren en falta los Jugadores que:
a) En cualquier forma intenten agredir al Cuerpo Arbitral o al Comisario del Partido. Los Jugadores que cometan esta falta se harán acreedores a una suspensión de 2 a 8 partidos y una multa desde 150 y hasta 450 días de salario mínimo.
Artículo 5.- Intento de agresión: es el embestir, empujar, dar jalones, usar el balón o cualquier otro objeto con intenciones de golpear, o bien, cualquier contacto físico con ánimo de burla o animadversión.
Aquí es donde se pone confuso el asunto. Si, como dice el informe arbitral, Guerrero utilizó fuerza excesiva, quiere decir que fue un golpe directo y alevoso, digo, está complicado tener un contacto físico con ánimo de burla o animadversión que además ponga en riesgo la integridad de quien lo sufre. ¿Entonces fue agresión o intento de agresión?
La imagen de televisión es muy clara y muestra, por lo menos en mi opinión, que fue un contacto intencional. Si bien no le iba a causar ningún daño al delicado de Camargo, sí tenía, por lo menos, el ánimo de provocar un contacto hostil, que podría ser una interpretación de animadversión (lo que sigo sin entender es qué reclamaban los atlantistas, pero eso no es relevante).
Lo que se interpreta del castigo impuesto a Guerrero, es que la Comisión Disciplinaria desestimó el término de golpear con el codo con fuerza excesiva, y determinó hacer una campechanada del artículo 27 y decidir que cuatro juegos eran suficientes. ¿Por qué no sólo dos, o la pena máxima de ocho? Nunca lo sabremos, a lo mucho aspiramos a que declare Sabater que tras revisar el video, a esa conclusión llegaron porque “por la posición de ambos actores del hecho, la dinámica corporal y el tumulto, no está claro que la intencionalidad sea manifiesta de provocar daño”, o alguna serie de pretextos similares.
Así que regresando al tema principal de una buena redacción, este lamentable hecho nos muestra que el informe arbitral del partido en cuestión no cumple con su labor de relatar los hechos del juego. Guerrero sabía donde estaba Camargo y acomodó el codo para hacer el contacto; la explicación no pedida de que estaba separando a sus compañeros es irrelevante, y añadir el término de fuerza excesiva implica un juicio de valor hecho por el equipo arbitral, que además es falso, porque el golpe apenas fue superficial. Si acaso hubo algo excesivo, fue el berrinche de Camargo, al que poco le faltó para sacar él mismo la tarjeta roja del short de García para que se la mostrara a Guerrero.
Lo más sencillo, rápido y justo hubiera sido informar tal cual sucedieron los hechos: “Al final del encuentro, el jugador del equipo Atlante, Daniel Guerrero, se acercó a donde se encontraba el equipo arbitral y golpeó con el codo en el pecho al asistente 1, José Luis Camargo”. De esta manera, los árbitros habrían informado de los hechos de manera fiel, sin interpretaciones, y dejado el peso de la sanción en la Disciplinaria, que hubiera determinado, seguramente con el video, qué valor darle al golpe de Guerrero a Camargo.
Los árbitros, el asesor, ambos, o hasta sus dirigentes (tras bambalinas), están tomando la mala costumbre de acomodar las palabras en los informes para tratar de minimizar los castigos en casos tan sensibles como éste, pero ésa no es su función. Los árbitros dan fe de los hechos, como un notario, y la Disciplinaria condena, como un juez civil. Zapatero a tus zapatos; árbitros a sus silbatos.
Colofón
Ya estuvo bueno de Camargo. Podrá ser el mejor asistente técnicamente hablando; podrá ser el morfotipo ideal del juez auxiliar mexicano, pero sus afanes de protagonismo han superado los límites de lo permisible y alguien debe ponerle un alto. ¿Ya se preguntaron por qué fue a él a quien golpeó Guerrero y no al central? Un jugador no se comporta así de la nada, tiene que ser provocado. Se las dejo botando…TA S
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